I | Sin agua no hay vida posible. Es un bien preciado, indispensable a toda actividad humana. |
II | Los recursos en agua dulce no son inagotables, es indispensable preservarlos, controlarlos y, si es posible, acrecentarlos. |
III | Alterar la calidad del agua es perjudicar la vida del hombre y de los otros seres vivos que de ella dependen. |
IV | La calidad del agua debe ser preservada de acuerdo con normas adaptadas a los diversos usos previstos y satisfacer especialmente las exigencias sanitarias. |
V | Cuando las aguas, después de utilizadas, se reintegran a la Naturaleza, no deberán comprometer el uso ulterior, público o privado, que de ésta se haga. |
VI | El mantenimiento de la cobertura vegetal adecuada, preferentemente forestal, es esencial para la conservación de los recursos hídricos. |
VII | Los recursos hídricos deben inventariarse. |
VIII | Para una adecuada administración del agua es preciso que las autoridades competentes establezcan el correspondiente plan. |
IX | La protección de las aguas implica un importante esfuerzo, tanto en la investigación científica como en la preparación de especialistas y en la información del público. |
X | El agua es un patrimonio común, cuyo valor debe ser reconocido por todos. Cada uno tiene el deber de utilizarla con cuidado y no desperdiciarla. |
XI | La administración de los recursos hidráulicos debiera encuadrarse más bien en el marco de las cuencas naturales que en el de las fronteras administrativas y politicas. |
XII | El agua no tiene fronteras. Es un recurso común que necesita de la cooperación internacional. |
| ESTRASBURGO, Mayo 1968 |