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Nombre y Figura de Protección:
Paisaje Protegido de los Pinares de Rodeno. Declarado por Decreto 91/1995 de 2 de mayo,
de la Diputación General de Aragón.
Términos Municipales:
Albarracín, Bezas y
Gea de Albarracín.
Extensión:
3.335 hectareas.
Altitud:
Entre 1.095 metros, en el Barranco de Tobías y 1.602 metros en el Cerro de la Cruz de Montoyo.
Elementos de Interes:
Espectaculares formaciones de areniscas y conglomerados.
Extensiones importantes de bosques de pino rodeno.
Manifestaciones de Arte Rupestre Levantino.
Descripción
Al Suroeste de TERUEL, lindando ya con tierras castellanas, el Sistema Ibérico esconde
en la Sierra de Albarracín uno de los conjuntos paisajísticos y culturales más sorprendente
s de Aragón: el Rodeno de Albarracín, donde un extenso pinar se asienta sobre curiosas
formaciones de areniscas rojas.
Este Espacio Natural, no muy conocido hasta los años 80, adquirió relevancia a partir
de la difusión de los importantes hallazgos arqueológicos que aquí tuvieron lugar. En 1982,
Marconell dio a conocer los dos primeros abrigos de Arte Rupestre Levantino en la
Península Ibérica: El Prado de los Toricos del Nacazo y la Cocinilla del Obispo. A partir
de entonces, el Rodeno de Albarracín atrae a numerosos investigadores que comienzan a
interesarse no sólo por los aspectos arqueológicos sino por temas del medio natural y
humano de la zona.
En 1986 se propone la creación del Parque Cultural de Albarracín, proyecto que no
prosperará al no existir tal figura legalmente definida en Aragón. Sin embargo, con
posterioridad se consigue que el Conjunto de Arte Rupestre del Rodeno de Albarracín
se declare Bien de Interés Cultural, procediéndose a la señalización de los abrigos
y a la construcción de un Centro de Información y Atención al Visitante.
Es a comienzos de los 90 cuando, tras la realización de un estudio previo de la zona
por parte del Gobierno Aragones, algunos municipios del entorno del Rodeno solicitan la
protección de este enclave por su elevado interés paisajístico y cultural. Así, en la
primavera de 1995 -a petición de la Comunidad de Albarracín y previo informe del Consejo
de Protección de la Naturaleza-, se declara por Decreto el PAISAJE PROTEGIDO DE LOS PINARES
DE RODENO.
Este régimen jurídico de protección se establece, no tanto en función del valor de los
elementos naturales o la singularidad de los ecosistemas -como es el caso de los Parques-,
sino con la intención de reconocer y proteger el conjunto de valores naturales y
culturales que hacen relevante un entorno natural en su globalidad.
Regular los usos y actividades que se realicen en la zona y compatibilizar la conservación
del medio natural con el aprovechamiento tradicional de los bosques, la ganaderia y la agricultura,
son los principales objetivos que persigue la protección de los PINARES DE RODENO,
que se convierte en el primer Espacio Natural Protegido de Teruel.
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Javier Mendivil Navarro, Aragón (España)
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